Seguro para viviendas/departamentos en alquiler temporario 

 

El seguro está dirigido a propietarios que alquilen sus viviendas para uso exclusivo familiar,  a través de plataformas tecnológicas o que cuenten con un contrato formal de alquiler.

En que se diferencia de un seguro habitual de hogar?  Si la vivienda está alquilada, el propietario no tiene cobertura de sus bienes muebles que se dejan para uso de los inquilinos, ni tampoco tiene cobertura acerca de la responsabilidad civil emanada de dichos inquilinos.  Con este producto el propietario esta cubierto por sus bienes muebles (pensar en viviendas alquiladas por días o semanas desde alguna plataforma tecnológica) y por la responsabilidad civil de y por sus ocupantes.

Principales coberturas

Incendio Edificio y Contenido
Cobertura de daños materiales causados por la acción directa o indirecta del fuego al edificio y al contenido. Los daños causados por explosión o rayo quedan equiparados a los de Incendio. Se destaca que no se cubren daños parciales y/o totales al contenido general (muebles, ropa, enseres etc. )

Cobertura de Robo/Hurto de Contenido General

Se brinda cobertura frente al robo o hurto de los bienes que se encuentren dentro de la vivienda. Asimismo, se incluyen los daños que puedan sufrir dichos bienes o el inmueble, siempre que hayan sido ocasionados por los delincuentes con el fin de cometer el hecho o en su intento.

También quedan amparadas las pérdidas o daños provocados por el personal de servicio doméstico del asegurado.

La cobertura se mantiene aun cuando la vivienda se encuentre total o parcialmente ocupada por terceros, como en el caso de un inmueble en alquiler. Cabe destacar que, en un seguro estándar, el robo o hurto no suele estar cubierto si la vivienda está alquilada.

Se aclara que el faltante de bienes en ocasion de inventario no estará cubierto 

Todo Riesgo Electro Estándar

El Asegurador indemnizará, a primer riesgo absoluto, al Asegurado el daño o pérdida que afectare a los aparatos o equipos electrónicos de uso doméstico especificados en el párrafo siguiente por la acción directa o indirecta de Incendio, Rayo o Explosión y por Robo, Hurto o Accidente, mientras se
encuentren dentro del domicilio del riesgo asegurado y hasta las sumas aseguradas establecidas en las Condiciones Particulares.

Cristales
Cobertura de las piezas vítreas (puertas, ventanas, banderolas y espejos) como consecuencia de su rotura o rajadura, instalados en su lugar habitual,  excluyendo las piezas colocadas horizontalmente, las vitrinas, claraboyas, tragaluz, lucarnas, mamparas, gabinetes de baño. Se excluye también cualquier pieza vítrea componente de un electrodoméstico.
Incluye los daños que pudiera producir el granizo sobre las piezas vítreas

Responsabilidad Civil
Cobertura al asegurado (y/o Cónyuge y/o cualquier otra persona por quien el asegurado sea  legalmente responsable) emergente de los hechos privados imputables al mismo dentro del ámbito de la República Argentina. Incluye obligaciones contractuales por el alquiler de la vivienda, que en un seguro de vivienda estandar esta proteccion está explicitamente excluida.

La coberturta de Responsabilidad Civil Incluye:

  • RC emergente de Linderos: incendio, explosión, descargas eléctricas y escapes de
    gas.
  • Suministro de Alimentos.
  • Tenencia de animales domésticos.
  • Uso de pileta de Natación de propiedad del asegurado (con cerco perimetral)
  • Práctica no profesional de deportes.
  • Contratistas y/o subcontratistas que hubieran sido contratados para
    la realización de trabajos temporales en la vivienda asegurada. (Excluye: empleada
    doméstica, excavaciones, trabajos de albañilería construcción y/o demolición y/o
    montaje y/o refacción- y de pintura exterior)

Responsabilidad Civil Rentistas
Cobertura al asegurado en su calidad de propietario de la vivienda asegurada, la cual se encuentra alquilada. De esta forma, se cubre al Asegurado por hechos  imputables a los Inquilinos. 

Coberturas adicionales sin costo:

– Daños Estéticos
Daños Estéticos Incendio Edificio: sub-límite del 10% sobre la cobertura.
Daños Estéticos Incendio Contenido: sub-límite del 20% sobre la cobertura.
Daños Estéticos Robo Contenido General: sub-límite del 10% sobre la cobertura.
– Cobertura en Bauleras
Esta cobertura es un sub-límite de “Incendio” y/o “Robo Contenido General”, hasta los límites que se establecen para esas coberturas.
– Remoción de Escombros
Esta cobertura es un sub-límite del 5% sobre la suma asegurada de “Incendio Edificio”.
– Gastos de Alojamiento como sea consecuencia de un siniestro cubierto
Esta cobertura es un sub-límite del 5% sobre la suma asegurada de “Incendio Edificio”.
– Gastos de Limpieza como sea consecuencia de un siniestro cubierto
Esta cobertura es un sub-límite del 5% sobre la suma asegurada de “Incendio Contenido”.
– Alimentos en Freezer por falta de suministro eléctrico por más de doce horas  consecutivas.
 Esta cobertura es un sub-límite del 1% sobre la suma asegurada de “Incendio Contenido”.
– Robo en Vía Pública: Rep. Argentina y Países Limítrofes
 Quedan amparados dentro de esta cobertura los bienes asegurados por “Robo Contenido General” hasta el sub-límite del 10% sobre la suma asegurada.
Principales Exclusiones: Hurto o Extravío – Teléfonos Celulares, computadoras portátiles – Dinero y tarjetas de Crédito o Débito
– Reemplazo de Documentos
Se cubrirá el costo de reemplazo de los siguientes documentos: DNI, Pasaporte y Registro de  conducir, El ámbito de cobertura es dentro del domicilio y por las causas de Robo o Incendio.
– Robo y/o Hurto de llaves – Rotura de Cerraduras
 Se cubre el Robo y/o Hurto de llaves (hasta 3 juegos de llaves) y los daños por robo a las  cerraduras de las puertas externas a la vivienda. Cobertura por un solo y único evento por  año, con un tope máximo.